Ampliación de las deducciones de I+D+i para la investigación realizada en otros países de la UE
Se amplía el ámbito de aplicación de las deducciones por I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades que, a partir de 2008, podrán aplicarse también las empresas que realizan más del 25% de su actividad investigadora en otro país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Beneficiarios
Las empresas innovadoras. Esta medida permite a las empresas españolas aprovechar el conocimiento generado en centros de investigación fuera de España sin perder el derecho a la deducción por I+D+i.
Estado
En vigor. Incluida en la Ley 4/2008 y de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria, publicada en el BOE de 25 de diciembre de 2008.










