Autorización para reforzar el capital de las entidades de crédito
Esta es una medida excepcional que, como el sistema de avales del Estado a la emisión de deuda de las entidades financieras españolas, se enmarca dentro del compromiso asumido por los Jefes de Estado y de Gobierno del área euro en su reunión del día 12 de octubre de 2008 de aplicación de medidas necesarias para preservar la estabilidad del sistema financiero en coordinación con el Banco Central Europeo. Así, se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para ordenar la adquisición de títulos emitidos por las entidades de crédito residentes en España, que necesiten reforzar sus recursos propios y así lo soliciten, incluyendo participaciones preferentes y cuotas participativas, previo informe del Banco de España. Hasta este momento, no se ha llevado a cabo ninguna actuación al amparo de esta norma.
Beneficiarios
Se trata de una medida excepcional basada en un principio de cautela cuya aplicación se circunscribiría a casos puntuales de entidades viables con necesidades temporales de incrementar el volumen de recursos propios.
Estado
Esta medida fue aprobada por el Real Decreto-Ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, publicado en el BOE de 14 de octubre de 2008.










