La mayor agilidad en el reconocimiento del subsidio por desempleo permitirá la eliminación del periodo de espera de un mes para ser beneficiario del mismo. Actualmente, la normativa vigente exige que una persona desempleada espere un mes desde que se le acaba la prestación contributiva hasta que recibe el subsidio. Esta situación genera períodos de desprotección que, en los momentos actuales, cobran especial significación.
Con el fin de evitar la desprotección que supone la espera de un mes para acceder a los subsidios asistenciales, se elimina dicho periodo de espera obligatorio.

Beneficiarios

Esta medida afecta a todos los beneficiarios del subsidio por desempleo a los que en la actualidad se les exige el requisito del mes de espera, como son los que agotan la prestación por desempleo de nivel contributivo, los emigrantes retornados, los liberados de prisión, los declarados capaces tras la revisión de su invalidez y los mayores de 52 años.
La medida tiene carácter coyuntural y estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2009.

Estado

En vigor durante 2009.

Información adicional

Ministerio de Trabajo e Inmigración

Real Decreto-ley 2/2009