Se incrementa la cuantía de las bonificaciones de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el caso de contratación de trabajadores a tiempo parcial.
Se trata de incentivar una mayor utilización del contrato indefinido a tiempo parcial, que en nuestro país tiene tasas inferiores a la media europea. El objetivo es, por lo tanto, aumentar la intensidad del incentivo de la contratación a tiempo parcial hasta un nivel superior al contrato de jornada completa.
El porcentaje de bonificación será un 30 por ciento más que la jornada pactada, sin que en ningún caso la bonificación pueda superar el 100%.
Asimismo se establece que los trabajadores a tiempo parcial con jornadas muy reducidas puedan ser, al igual que los desempleados, beneficiarios de las medidas del Programa de Fomento de Empleo.
Para ello, el porcentaje de bonificación será un 30 por ciento más que la jornada pactada en el contrato, sin que en ningún caso la bonificación pueda superar el 100 por ciento.

Beneficiarios

Trabajadores contratados a tiempo parcial. La medida tiene carácter de vigencia ilimitada.

Estado

En vigor durante 2009.

Información adicional

Ministerio de Trabajo e Inmigración

Real Decreto-ley 2/2009