Se reduce en 2 puntos porcentuales el interés de demora, que se rebaja del 7 a 5%, y en 1,5 puntos el interés legal del dinero, que pasa del 5,5 al 4%.

De esta manera se recoge la reducción generalizada de los tipos de interés oficiales. A partir de ahora, resultará más económico a empresas y familias en dificultades de liquidez el aplazamiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Por ejemplo, para una deuda tributaria de 10.000 euros, supone un ahorro de intereses de 200 euros anuales.

El interés legal se utiliza también en caso de mora por deudas entre empresas, compensando el retraso en el cumplimiento de las obligaciones del tráfico mercantil.

Beneficiarios

Empresas, autónomos y ciudadanos a los que se haya concedido aplazamientos de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

Estado

Aprobado en Consejo de Ministros (27 de marzo de 2009).

Información adicional

Boletín Oficial del Estado