Regulación del suministro de último recurso de electricidad así como medidas para reforzar la competencia
Para completar el proceso de liberalización el 1 de julio de 2009 se eliminarán las tarifas integrales para todos los consumidores, que deberán contratar su suministro eléctrico con los comercializadores. Los consumidores de baja tensión, con potencias inferiores a 15 kW (domésticos y PYMEs), que no deseen contratar con un comercializador, podrán acogerse al suministro de último recurso. El desarrollo de la regulación servirá para dar mayores garantías a los consumidores que se acojan a esta tarifa a la vez que proporcionará un marco regulatorio predecible a las empresas que deben proveer el suministro de último recurso.
Beneficiarios
Los consumidores. La liberalización de las tarifas fomentará la competencia en el mercado minorista de la electricidad, incentivando la fijación de precios más competitivos. Además, la tarifa de último recurso permitirá la protección de los consumidores con dificultades para negociar contratos satisfactorios. Estos últimos podrán acogerse a contratos establecidos por el regulador mediante una metodología transparente.
Estado
Esta medida ha sido aprobada por el Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica.










